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lunes, 23 de marzo de 2015

Otro gesto que enaltece a Ronaldinho



Otro gesto que enaltece a Ronaldinho


De  | Pasión Sudamericana – jue, 19 mar 2015 10:52 a.m. EDT
No es la primera vez que Ronaldinho muestra su lado humanitario. A veces es bueno resaltar este tipo de actitudes teniendo en cuenta que no todas las estrellas suelen protagonizarlas.
En esta oportunidad le hizo cumplir el sueño a un joven mexicano que sufre de osteogénesis imperfecta, una enfermedad que debilita los huesos y provoca que se fracturen con facilidad.
Su nombre es Ladislao Ugarte, tiene 21 años, se lo conoce como el “Futbolista de Cristal” y a pesar de esas dificultades está a punto de romper el récord de dominio del balón.
Ladislao tiene como ídolo a Ronaldinho y sólo quería tener la oportunidad de verlo en persona y conversar con él, deseo al que el brasileño accedió inmediatamente supo de eso.
“Se portó súper buena onda, como siempre, me dijo que me preparara mucho para romper el récord de dominadas. La verdad es que fue un momento mágico para mí”, señaló Ladislao tras la visita.

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miércoles, 28 de enero de 2015

DRONES, LA TECNOLOGIA ROBOTICA AL ALCANCE DE TODA CLASE DE PERSONAS



DRONES:

LA MASIFICACION Y DEMOCRATIZACION DEL MAL


Un MQ-9 Reaper, un UAV con capacidad de ataque con misiles.

UAV Pioneer en misión de vigilancia sobre Irak
Un vehículo aéreo no tripulado (VANT) o dron nota 1 es una aeronave que vuela sin tripulación.
Aunque hay VANT de uso civil recién certificados, como el FT-ALTEA, también son usados en aplicaciones militares, donde son denominados vehículo aéreo de combate no tripulado UCAV por su nombre en inglés—. Para distinguir los VANT de los misiles, un VANT se define como un vehículo sin tripulación reutilizable, capaz de mantener un nivel de vuelo controlado y sostenido, y propulsado por un motor de explosión o de reacción. Por tanto, los misiles de crucero no son considerados VANT porque, como la mayoría de los misiles, el propio vehículo es un arma que no se puede reutilizar, a pesar de que también es no tripulado y en algunos casos guiado remotamente.
Hay una amplia variedad de formas, tamaños, configuraciones y características en el diseño de los VANT. Históricamente los VANT eran simplemente aviones pilotados remotamente (en inglés: drones),1 pero cada vez más se está empleando el control autónomo de los VANT. En este sentido se han creado dos variantes: algunos son controlados desde una ubicación remota, y otros vuelan de forma autónoma sobre la base de planes de vuelo preprogramados usando sistemas más complejos de automatización dinámica.

Cabe destacar que las aeronaves controladas remotamente en realidad no califican para ser llamadas como VANT, ya que los vehículos aéreos pilotados remotamente (o por control remoto) se conocen como Aeronaves Radiocontroladas o Aeronaves R/C; esto debido a que, precisamente, los VANT son también sistemas autónomos que pueden operar sin intervención humana alguna durante su funcionamiento en la misión a la que se haya encomendado, es decir, pueden despegar, volar y aterrizar automáticamente.
Actualmente, los VANT militares realizan tanto misiones de reconocimiento como de ataque.2 Si bien se ha informado de muchos ataques de drones con éxito, también son susceptibles de provocar daños colaterales y/o identificar objetivos erróneos, como con otros tipos de arma.1 Los VANT también son utilizados en un pequeño pero creciente número de aplicaciones civiles, como en labores de lucha contra incendios o seguridad civil, como la vigilancia de los oleoductos. Los vehículos aéreos no tripulados suelen ser preferidos para misiones que son demasiado "aburridas, sucias o peligrosas" para los aviones tripulados.

La denominación «vehículo aéreo no tripulado», de siglas «VANT», proviene del inglés «Unmanned Aerial Vehicle», de siglas «UAV». Es también muy usada la denominación «sistema aéreo no tripulado», de «Unmanned Aerial System» y de siglas UAS.3
Más extendido es el término inglés «drone» (literalmente zángano), que puede asimilarse como palabra española con el singular «dron», de plural regular «drones»; al tratarse de una adaptación al español, no es preciso destacarla con cursivas ni comillas. Con este término se designa a diversos tipos de vehículos aéreos no tripulados.

En una primera etapa, este término aludía a aparatos básicamente de uso militar y con aspecto similar al de un avión, por lo que se extendió como alternativa al término procedente del inglés la expresión «avión no tripulado», que puede considerarse adecuada en muchos casos.

No obstante, en los últimos tiempos han surgido otros vehículos que no guardan apenas semejanza con los aviones. Para ellos pueden emplearse expresiones más genéricas como «vehículos aéreos no tripulados» o «robots voladores», según los casos. Si, en todo caso, se prefiere utilizar el término original en inglés «drone» (terminado en e), lo apropiado es resaltarlo en cursiva o entre comillas por tratarse entonces de un extranjerismo no adaptado.nota 2
Otra alternativa usada por las fuentes es «aeronave no pilotada»4 o «aeronave no tripulada».5

Historia [editar]


Fulmar, fabricado por Aerovisión, durante un vuelo de reconocimiento.

MUAV Stardust II, desarrollado utilizando normas sUAS ARC FAA.

Sistema aéreo no tripulado UAS versión 2 desarrollado por la Fuerza Aérea del Perú.
El ejemplo más antiguo fue desarrollado después de la primera guerra mundial, y se emplearon durante la segunda guerra mundial para entrenar a los operarios de los cañones antiaéreos. Sin embargo, no es hasta poco más que a finales del siglo XX cuando operan los 'VANT mediante radio control con todas las características de autonomía.
Los VANT han demostrado sobradamente en diferentes escenarios y, especialmente en la Guerra del Golfo y en la Guerra de Bosnia, el gran potencial que tienen. En cuanto a la obtención, manejo y transmisión de la información, gracias a la aplicación de nuevas técnicas de protección de la misma (Guerra electrónica, criptografía) resulta posible conseguir comunicaciones más seguras, más difíciles de detectar e interferir.

Ventajas de los VANT[editar]

·         Posibilidad de uso en áreas de alto riesgo o de difícil acceso.
·         No requiere la actuación de pilotos en la zona de combate.

Desventajas de los VANT[editar]

Pueden clasificarse de la siguiente manera:
·         Técnicas
·         Éticas
·         Económicas

Desventajas técnicas[editar]

·         El enlace vía satélite puede ser hackeado en tiempo de guerra y de esta forma, romperse el canal de comunicaciones entre el operador en tierra y el VANT e interceptar sus datos, como ocurrió en Irak y Afganistán, cuando los insurgentes accedieron a los VANT mediante el SkyGrabber,6 un programa para uso doméstico cuyo coste era de US$ 25 dólares o introducir un virus para inutilizarlos, igual que en octubre de 2011 cuando la flota de predators fue inmovilizada por el ataque de un virus informático.7
·         Un tiempo de retardo entre la emisión de instrucciones y su recepción, para su proceso y ejecución, lo que en condiciones críticas puede ser fatal para la aeronave.
·         Influencia en su funcionamiento por los fenómenos físicos, como la actividad solar, mal clima, tormentas de rayos, la cual produce cambios en la ionosfera.
·         Capacidad de vuelo limitada por el tipo de combustible, fuente de energía, tamaño, alcance y su sistema de navegación.

Desventajas éticas[editar]

·         La posibilidad de que la inteligencia artificial del UAV pudiera determinar por sí misma los objetivos a atacar.
·         La insensibilidad sobre las consecuencias de la guerra, al mantenerse a distancia de los conflictos.
·         Su comercialización no controlada, pudiendo ser adquiridos por personas o grupos de dudosa ética, como en el caso de la oferta a Daniel Gárate, un peruano afincado en Los Ángeles cuyo negocio se centraba en usar un drone que sujeta una cámara con la que graba tomas aéreas de gran resolución a bajo precio, quien rechazó en 2011 filmar con uno de estos dispositivos la boda de Kim Kardashian.8
·         Algunas personas pueden ser grabadas y fotografiadas de forma ilegal, tanto en espacios privados como públicos, constituyendo tal motivo una seria amenaza a la inviolabilidad de la privacidad personal.

Desventajas económicas[editar]

·         El alto coste de su adquisición y mantenimiento (30 veces superior a su equivalente tripulado) dificulta enormemente su uso civil, para empresas privadas y compañías, por ser un diseño relativamente nuevo en el desarrollo de la tecnología, ya que un helicóptero tripulado Eurocopter EC120 Colibri cuesta US$ 1,4 millones de dólares,9 mientras que el sistema MQ-8B Fire Scout, el más grande de su tipo para uso experimental en portaaviones, tiene un coste aproximado de US$ 50 millones,10 entre el aparato, la estación de control y el enlace por satélite.11
El mantenimiento de estos aparatos no es menor; en junio de 2011 la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos puso en marcha dos programas de vigilancia: uno no tripulado, basado en elRQ-9 Reaper y otro tripulado, en una avioneta Cessna.
Los Reaper volaron 10 000 horas, lo que condujo a la detención de 4865 indocumentados y 238 traficantes de drogas.12 Esto supuso el 1.5 % del número total de inmigrantes ilegales capturados en el mismo período de tiempo (327 577) con un coste de US$ 3600 dólares por hora, calculado a US$ 7054 dólares para cada inmigrante ilegal o traficante de drogas capturado,13 mientras que la avioneta tripulada equipada con un sensor de infrarrojos (FLIR) adquirida y operada por US$ 1,2 millones de dólares, obtuvo la detención de 6500 a 8000 extranjeros indocumentados y la incautación de US$ 54 millones de dólares en marihuana. Esos números calculan un costo por extranjero ilegal para la avioneta tripulada Cessna de US$ 230 dólares por extranjero,14 por los 7054 dólares del Reaper.
Estos hechos hacen que no se hayan usado hasta ahora para uso civil, aunque para el uso militar, un avión no tripulado es más barato que un avión tripulado militar, para el uso civil han sido autorizados para hacerlo.15





lunes, 14 de mayo de 2012

CONTRATO ALQUILER DE LOCAL COMERCIAL


                                  





  CONTRATO DE ALQUILER DE LOCAL COMERCIAL



ENTRE:
De una parte, ____________________________________________________de nacionalidad ___________, mayor de edad, de profesión u oficio ________________, titular de la cédula de identidad y electoral No. __________________________, domiciliado   (a) y residente en el número _________ (       ) de la calle______________________________________________, del sector de _________________________ de esta ciudad quien en el presente contrato se denominará EL (LA) PROPIETARIO(A); y de la otra parte, ____________________________ _________________________________________________ de nacionalidad ________________, mayor de edad, de profesión u oficio ________________, titular de la cédula de identidad y electoral No. __________________________, domiciliado(a) y residente en el número _________ (       ) de la calle_______________________________________________________________, del sector de _________________________ de esta ciudad quien en lo que sigue en el presente contrato se denominará EL (LA) INQUILINO(A).
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE
PRIMERO: EL (LA) PROPIETARIO(A), Por medio del presente contrato, entrega a EL(LA)  INQUILINO(A), quien acepta, el local comercial ubicado en el edificio marcado con el No.______, de la calle _________________________ del Sector de _________________ de esta ciudad, el cual posee _________________ (____) metros cuadrados,  con todas sus anexidades y dependencias, consistentes en: (describirlas)
SEGUNDO: EL(LA)  INQUILINO(A) ha examinado y encontrado el local comercial objeto del presente contrato a su entera satisfacción, comprometiéndose a utilizar el inmueble alquilado para  ejercer el comercio, en un negocio de su propiedad, consistente en: ___________________, no pudiendo dedicarlo a otro uso, ni cederlo, ni subalquilarlo, ni en todo, ni en parte, sin el consentimiento escrito de EL (LA) PROPIETARIO(A). Tampoco podrá cederlo gratuitamente, ni permitir que persona alguna  utilice el local comercial como vivienda familiar, ni permitir que se efectúen en su interior actos dolosos o que riñan con la moral, las leyes y las buenas costumbres.
TERCERO: EL(LA)  INQUILINO(A) queda obligado a mantener el local comercial, en buen estado, y todos los desperfectos en sus paredes, pisos, puertas, ventanas, cristales, pestillos, cerraduras e instalaciones eléctrica y sanitaria serán repuestos a su sólo costo. También queda a cargo de EL(LA)  INQUILINO(A) la pintura interior del local.
CUARTO: Queda determinante prohibido a EL(LA)  INQUILINO(A) hacer cambios, redistribuciones o anexos en la estructura del local comercial objeto del presente contrato, sin el consentimiento expreso y por escrito de parte de EL (LA) PROPIETARIO(A). Si dichas  modificaciones, redistribuciones o anexos se realizaran, con la anuencia de EL(LA) PROPIETARIO(A), lo serán  a costo y riesgo de EL(LA)  INQUILINO(A) y pasarán de pleno derecho a la exclusiva propiedad de EL (LA) PROPIETARIO(A), sin ninguna compensación o indemnización de su parte.
QUINTO: EL(LA)  INQUILINO(A) por medio del presente contrato se obliga a pagar, por concepto de alquiler mensual o fracción de mes, la suma de ________________________, PESOS ORO DOMINICANO (RD$_______), moneda de curso legal, que deberá pagar mes por mes y sin retardo alguno.  EL(LA) INQUILINO(A) se compromete a pagar el alquiler exclusivamente en manos de EL(LA) PROPIETARIO(A) o, en su defecto, a la persona que EL(LA) PROPIETARIO(A) designe, por intermedio de recibo firmado.
SEXTO: EL(LA)  INQUILINO(A) entrega en calidad de deposito, la suma de __________________ PESOS ORO DOMINICANO (RD$_________), moneda de curso legal, suma de dinero que EL (LA) PROPIETARIO(A) declara haber recibido a su entera satisfacción y en dinero en efectivo, suma ésta que responderá y podrá aplicar al pago de los alquileres dejado de pagar, cuando a ello falte EL(LA)  INQUILINO(A), a los gastos que ocasione el desalojo de EL(LA)  INQUILINO(A), si a ello diere lugar, y a las reparaciones locatarias previstas en este contrato, siempre que no hayan sido hechas y pagadas EL(LA)  INQUILINO(A).
SÉPTIMO: EL(LA)  INQUILINO(A) no podrá pretender bajo ningún concepto, mientras ocupe el local comercial, aplicar al deposito al pago de los alquileres vencidos; esta aplicación sólo podrá hacerla EL (LA) PROPIETARIO(A), después de haber sido desocupada la casa, sin haber satisfecho EL(LA)  INQUILINO(A) el pago total de los alquileres y los gastos en que se pudiere incurrir .
OCTAVO: Este Contrato tendrá una duración de UN (1) año a partir del día ___________ (  ) del mes de ___________ del año ________, hasta el día _______ (   ) del mes de ____________ del año __________.  EL(LA) PROPIETARIO(A) notificará a EL(LA) INQUILINO(A), con tres (3) meses de antelación, su intención de renovar o rescindir este contrato de alquiler.
NOVENO:  Las partes convienen en que, si EL (LA) PROPIETARIO(A) decide vender el inmueble objeto de alquiler, en ejercicio de sus derechos legítimos, las estipulaciones del contrato de arrendamiento quedan transferidas de pleno derecho al nuevo propietario, y en consecuencia, todo litigio derivado de ese contrato y sus estipulaciones debe resolverse entre el nuevo propietario y el arrendatario. Asimismo, las disposiciones de este contrato seguirán vigentes entre EL(LA) INQUILINO(A) y EL (LA) PROPIETARIO(A) adquiriente, produciendo todos sus efectos jurídicos entre ellos, bastándole a EL(LA) PROPIETARIO(A) notificar a EL(LA) INQUILINO(A) una copia del acto de venta.
DÉCIMO: Queda convenido entre las partes que los servicios de agua y luz son por cuenta de EL  INQUILINO(A) así como de cualquier otro servicio que pretendiere usar y propio del comercio que él instale, obligándose a no dejar deudas en ningunos de ellos;  Y en dado caso de que a la llegada del termino del presente contrato hubiere dejado cuenta pendiente de pago, automáticamente quedara convertido en deudor de EL (LA) PROPIETARIO(A), por la suma a que dieren lugar las deudas dejada y no pagada.-
DÉCIMO PRIMERO: Queda convenido entre las partes, que el presente contrato no contempla de modo alguno, derechos sucesorales por parte de los herederos o causahabientes de EL(LA)  INQUILINO(A);  y en caso de fallecimiento de EL(LA)  INQUILINO(A), sus herederos y causahabiente deberán desocupar y entregar el inmueble a la llegada del término del presente contrato, sin ningún procedimiento ni plazos adicionales, o concertar con EL(LA) PROPIETARIO(A), si en ello conviniere, un nuevo contrato de alquiler.
DÉCIMO SEGUNDO: Queda convenido entre las partes, que con la firma del presente contrato, incluso en su ejecución,  no se realiza acuerdo sobre punto comercial, el cual no se alquila con el presente contrato;  y en caso de cualquier actividad del comercio ejercida EL(LA)  INQUILINO(A) se engendrare algún punto comercial, éste quedara de pleno derecho propiedad de EL (LA) PROPIETARIO(A), sin ningún tipo de compensación para EL(LA)  INQUILINO(A).-
DÉCIMO TERCERO: EL(LA)  INQUILINO(A) presenta como su fiador solidario en el presente contrato, al señor _____________________, dominicano, mayor de edad, de estado civil _________, de profesión u oficio ___________, portador de la cédula de identidad y electoral No.___________, con domicilio y residencia en el No.___ de la calle __________ del Sector de ____________ de esta Ciudad; quien acepta, con obligación de pagar en el caso de que EL(LA)  INQUILINO(A) dejare de hacerlo, tanto los alquileres dejados de pagar, como los deterioros que le haya ocasionado a la casa,  instalaciones sanitarias y eléctricas. Al efecto de las obligaciones que por el presente Contrato el señor. _________________________ en su condición de fiador solidario, firma al pie de este Contrato.
DÉCIMO CUARTO: Las partes, convienen y así lo dejan establecido, que para lo no previsto en el presente contrato, se remiten al derecho común.  Y Para la ejecución del mismo, hacen elección de domicilio de la manera siguiente: EL(LA)  INQUILINO(A) y el fiador, eligen domicilio en el Local comercial alquilado, cuando los estén ocupando, y en la residencia del fiador, cuando los hayan desocupado; y EL (LA) PROPIETARIO(A), en su residencia descrita en el presente contrato.-
HECHO Y FIRMADO de buena fe en Dos (2) originales de un mismo tenor y efecto legal, uno para cada unas de las partes.- En la Ciudad y Municipio de __________, Provincia _________, República Dominicana, a los ___________ (     ) días del mes de ______________ del año _______ (    ).-
                EL (LA) PROPIETARIO(A)                                                           EL(LA)  INQUILINO(A)
FIADOR SOLIDARIO
Yo,  _________________________, Abogado Notario Público de los del  Número para ___________________, CERTIFICO Y DOY FE: que las firmas estampadas en el presente documento fueron puestas, libre y voluntariamente en mi presencia por ____________________ y ____________________  de generales que constan en este mismo acto, quienes me han manifestado bajo la fe del juramento que esas son las firmas que acostumbran usar en todos los actos de sus vidas, tanto públicos como privados, por todo lo cual debe dárseles fe y crédito. En la ciudad  de ________________________, República Dominicana,  a los _______  (   )días del mes de _________ del año ___________.
ABOGADO NOTARIO PUBLICO

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